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LADY CHICHÉN ITZÁ: MUJER SUBE A PIRÁMIDE DE KUKULCÁN Y CASI TERMINA LINCHADA

PESE A LA RESTRICCIÓN QUE HAY PARA SUBIRSE A LAS PIRÁMIDES, LA MUJER DESOBEDECIÓ Y SUBIÓ HASTA LO ALTO DEL TEMPLO.

Una nueva “lady” ha nacido: una mujer que subió a la pirámide de Kukulcán pese a las estrictas restricciones ahora se ha convertido en Lady Chichén Itzá.

Todo comenzó cuando por medio de TikTok, la usuaria @flakkkkita_4444 difundió el video, donde se ve a la mujer escalando la pirámide, ante sorpresa de los espectadores, quienes le lanzaban chiflidos para que se bajara, sin embargo, la mujer siguió subiendo hasta llegar a la parte alta del templo.

Posteriormente, la demás gente que se encontraba en el lugar dio aviso a las autoridades quienes llegaron para bajar a la turista, que terminó siendo detenida por la policía.

Además, en otro puede que también se hizo viral, se observa que ya estando abajo, una multitud esperó a la mujer y casi termina linchada pues le comenzaron a aventar cosas, la abuchearon y se observa que hasta otra mujer la agarra y comienza a jalarla del pelo.

“¡Estúpida!”, “¡Idiota!”, “¡Chin… a tu madre!”, son algunos de los insultos que se oyen en la grabación.

Y es que todos aquellos que la vieron subir se mostraron indignados y molestos tras la indiferencia de la señora que no respeto el centro arqueológico.

¿POR QUÉ ESTÁ PROHIBIDO SUBIRSE A LAS PIRÁMIDES?

Desde 2008, está prohibido subir a la Pirámide de Kukulkán en la zona arqueológica de Chichén Itzá por razones de conservación.

La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, en su Capítulo VI, establece las penas y sanciones contra quienes dañen o exploten monumentos arqueológicos inmuebles, sin contar con autorización del INAH.

El artículo número 55 establece la multa que tendría que pagar la persona si infringe dicha ley.

De esta forma, subir al Castillo de Kukulkán podría castigarse con una sanción de entre 50 mil y 100 mil pesos.

“Cualquier infracción a esta Ley o su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de cien a cincuenta mil pesos; la que podrán impugnar mediante el recurso de reconsideración, en los términos del Reglamento de esta Ley”, indica.

 

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