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COMISIÓN DE VIGILANCIA APRUEBA REFORMAS A LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

COMISIÓN DE VIGILANCIA APRUEBA REFORMAS A DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO.

SE BUSCA ESTABLECER CLARIDAD SOBRE EL MANEJO CORRECTO DEL RESGUARDO DE COPIAS CERTIFICADAS DE CUENTAS PÚBLICAS EN EL CONGRESO DEL ESTADO.

Las y los integrantes de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado aprobaron la iniciativa para reformar los artículos, 6°, 12 en su párrafo segundo, 32 en su párrafo tercero, 69 en su fracción VII, 71 en su párrafo primero, 73 en su fracción I, 76 en su párrafo primero, 79 en su párrafo primero, 82 en su párrafo primero, 89 Sexties en su fracción V, y 97; y derogar el artículo 72 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí.

El objetivo es establecer claridad en la ley y en la práctica para el manejo correcto del resguardo de las copias certificadas de las cuentas públicas presentadas ante este Congreso, por parte de los entes obligados, especificando que el área pertinente para su resguardo será el área de archivo histórico del Poder Legislativo.

Actualmente, la Comisión de Vigilancia tiene la facultad de recibir las cuentas públicas y turnarlas a la Auditoría Superior del Estado, que como lo establece la ley, se deben presentar en original y copia certificada, así como en formato digital, por lo cual al hablar de las copias certificadas de las cuentas públicas se genera una incertidumbre ya que únicamente menciona que quedaran en posesión del Congreso del Estado, sin especificar el área conducente para el resguardo de las mismas.

Además, otro de los objetivos de la reforma es establecer un lenguaje adecuado y libre de discriminación, que plasme el derecho de las y los ciudadanos al momento de realizar una expresión.

Por ello, se incluye un lenguaje incluyente y no sexista, en relación a los cargos de los servidores públicos de la Auditoría Superior del Estado, evitando confusión, negación o ambigüedad, promoviendo un lenguaje no discriminatorio, en el que se logre la igualdad entre hombres y mujeres.

El dictamen se presentará al pleno para su votación.

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