ZONA HUASTECA

CNDH EMITE RECOMENDACIÓN POR VIOLENCIA OBSTÉTRICA EN HOSPITAL DE AQUISMÓN

DOCUMENTA ANOMALÍAS ANTE SECRETARÍA DE SALUD.

Por una actitud discriminatoria e inadecuada atención médica obstétrica, un recién nacido sufrió discapacidad permanente neuromotora o daño en la médula espinal; el caso fue documentado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos y emitió una recomendación a la Secretaría de Salud estatal.

La CEDH documentó los abusos en contra de una mujer indígena embarazada y su bebé, que nació el 15 de abril de 2020 en el Hospital Básico Comunitario del municipio de Aquismón.

Así consta en la recomendación 04/2022 de la CEDH, dirigida a Daniel Acosta Díaz de León, secretario de Salud.

Ante el organismo defensor de los derechos humanos, la madre de familia relató que el personal médico que la atendió postergó el parto con el argumento de que no tenía la dilatación suficiente, hasta que llegó el día del alumbramiento y el bebé nació con anomalías en el ritmo cardíaco, por lo que le dieron reanimación y le pusieron oxígeno, para luego trasladarlo al Hospital General de Rioverde, con diagnóstico de depresión neonatal.

Ahora, el bebé requiere atención médica de por vida, pues los doctores le han dicho que presenta alto riesgo neurológico, y quizá no podrá caminar, hablar o valerse por sí mismo, por ello recibe terapia de rehabilitación física.

Tras conocer el caso y realizar las indagaciones pertinentes, la CEDH determinó que las acciones del personal médico demuestran una actitud discriminatoria de género por estereotipos culturales aún no superados.

El organismo estatal recomendó a la Secretaría de Salud ingresar a la afectada y su hijo en el Registro Estatal de Víctimas a fin de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

También pidió que la dependencia asigne a personal especializado en obstetricia y ginecología, pediatría y anestesiología en el Hospital Básico de Aquismón para garantizar una adecuada atención.

Además, proporcionar los servicios de salud que sean necesarios para el menor, con la finalidad de garantizar la atención que requiera por el resto de su vida.

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