DIPUTADOS APRUEBAN LEY DE INTELIGENCIA.
La Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia da atribuciones a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para que solicite información a instituciones públicas y privadas, con fines de investigación.
La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 368 votos a favor y 101 en contra, la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, con la que se permitirá a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) acceder al menos a 22 registros que contienen información telefónica, biométrica, vehicular, comercial, empresarial, bancaria, de salud, entre otros.
Morena, el Partido del Trabajo y el Partido Verde Ecologista de México votaron a favor, al igual que Movimiento Ciudadano, aunque el partido naranja ha criticado algunos artículos. El Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional se opusieron.
Con esta ley, la SSPC realizará sus labores de investigación a través del Centro Nacional de Inteligencia, así como agrupar en una plataforma toda la información que otras dependencias de seguridad generen en sus propias indagatorias.
La SSPC tendrá amplias facultades para realizar labores de inteligencia, luego de que Morena y sus aliados incrementaron sus atribuciones de último momento. Originalmente, la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia contenía 30 artículos, pero en la mañana de este miércoles los morenistas presentaron una adenda para modificar totalmente el dictamen y que éste creciera a 51 artículos.
El artículo 12 contiene ejemplos de la información que el titular de la SSPC —actualmente Omar García Harfuch— podrá solicitar a instituciones públicas y privadas: “Registros administrativos que contengan datos como los vehiculares y de placas, biométricos y telefónicos, registros públicos de la propiedad y del comercio, registros de personas morales, catastros, registros fiscales, registros de armas de fuego, registros de armas de fuego aseguradas o decomisadas, registros de comercio, registros de personas prestadoras de servicios de seguridad privada, registros de padrones de personas detenidas y sentenciadas, registros de servicios financieros, bancarios, de transporte, salud, telecomunicaciones, empresariales y comerciales, registros en materia marítima y todos aquellos de los que puedan extraer indicios, datos e información para la generación de productos de inteligencia en los términos previstos en la presente Ley”.