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FRENA CONGRESO NEPOTISMO EN ASE

San Luis Potosí, S.L.P. – Los nuevos tiempos exigen que en la revisión y análisis del ejercicio de los recursos públicos de parte de los organismos fiscalizadores sean cada vez más transparentes y garantes de un trabajo eficiente y eficaz.

Así lo señaló el diputado José Antonio Zapata Meraz, presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y Social del Congreso del Estado, luego de aprobarse la reforma al artículo 25 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí.

Manifestó que es una reforma que tiene por objeto que los diputados que sean miembros de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, tengan un impedimento en cuestión de que la sus familiares hasta el tercer grado no puedan ser contratados por la Auditoría Superior del Estado cuando se requieran los servicios de despachos externos.

Dijo que para los casos que se opte por la intervención de despachos o profesionales independientes, se establecen una serie de medidas para prevenir casos de conflictos de interés, prescribiendo además de manera puntual la prohibición de contratar trabajos de auditoría externos o cualquier otro servicio relacionado con actividades de fiscalización de manera externa, cuando exista parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, entre el titular de la Auditoría Superior del Estado o cualquier mando superior de la Auditoría y los prestadores de servicios externos.

Señaló que esta nueva reforma propone el hecho de poder transparentar y que no existan conflicto de intereses entre la Comisión de Vigilancia y el trabajo que realiza la ASE para la revisión de los entes auditables.

Precisó que con esta modificación se le da una mayor certeza al trabajo que realiza el organismo fiscalizador, y con esto se le obliga, aún más, para ejercer su proceso de auditoría de una forma impecable para poder salvaguardar el transparente uso del recurso público.

Finalmente, el diputado José Antonio Zapata Meraz agregó que a través de esta reforma se amplía el espectro de la prohibición para la contratación de trabajos de auditoría externos o cualquier otro servicio relacionado con actividades de fiscalización y con ello eliminar cualquier viso de corrupción.

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